Acreditación de Medios Económicos. Entrada a España

Acreditación de Medios Económicos. Entrada a España

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Acreditación de Medios Económicos

Ya hemos hablado en un post anterior de los requisitos que se tienen que tener a la entrada a España.

Pues aquí encontraremos todo lo que conlleva a la Acreditación de Medios Económicos:

Los extranjeros deberán acreditar, si son requeridos para ello por los funcionarios encargados de efectuar el control de entrada de personas en territorio español, que disponen de recursos económicos, en la cuantía que, con el carácter de mínima, se indica a continuación:

  1. Para su sostenimiento, durante su estancia en España, la cantidad a acreditar deberá alcanzar una cantidad que represente en euros el 10% del salario mínimo interprofesional bruto o su equivalente legal en moneda extranjera multiplicada por el número de días que pretendan permanecer en España y por el número de personas que viajen a su cargo. Dicha cantidad será, en todo caso, de un mínimo que represente el 90% del salario mínimo interprofesional bruto vigente en cada momento o su equivalente legal en moneda extranjera por persona, con independencia del tiempo de estancia previsto.
    El tiempo de estancia a tener en cuenta para calcular la cantidad económica exigida será el número de días resultantes desde la fecha de entrada en España hasta la fecha de salida que figure en el billete referido en la letra «b» de este apartado, ambas fechas incluidas. Durante el año 2017, la cantidad mínima a acreditar es de 70,77 euros por persona y día, con un mínimo de 636,93 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.
  2. Para regresar al país de procedencia o para trasladarse en tránsito a terceros países, se acreditará disponer del billete o billetes nominativos, intransferibles y cerrados, en el medio de transporte que pretendan utilizar.

La disponibilidad por los extranjeros de los medios económicos señalados se acreditará mediante exhibición de los mismos, en el caso de que los posean en efectivo, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día (no se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet) o cualquier otro medio con el que se acredite fehacientemente la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o cuenta bancaria.
A los nacionales de México y Chile no se les exigirá, sistemáticamente, la acreditación de medios económicos para efectuar su entrada en España.

En el caso de que, al efectuar el control de entrada de personas en territorio español, se compruebe que un extranjero carece de recursos económicos suficientes para el tiempo que desea permanecer en España y para continuar su viaje al país de destino o para regresar al de procedencia, o no dispone del billete o billetes nominativos, intransferibles y cerrados, en el medio de transporte que pretendan utilizar, se denegará su entrada en territorio español según lo establecido reglamentariamente.

Excepcionalmente, los funcionarios responsables del control de entrada podrán permitir la entrada, reduciendo el tiempo de estancia en proporción a la cuantía de los recursos de que se dispongan, teniendo en cuenta la cuantía mínima citada anteriormente, advirtiendo, en su caso, al interesado, mediante diligencia en el pasaporte o documento análogo, de la fecha límite para abandonar el territorio español, a cuyos efectos se tendrá que aportar, con carácter previo a la entrada efectiva, un nuevo billete en el que la fecha de salida, para regresar al país de procedencia o para trasladarse en tránsito a terceros países, corresponda a la misma fecha en que realmente deben salir y que consta en la citada diligencia.

No será necesaria la exigencia de cumplimiento de lo dispuesto anteriormente a los extranjeros que se encuentran incluidos en alguno de los apartados siguientes:

  1. Que tengan pasaporte en vigor y sean titulares de autorización o tarjeta de residencia o de estancia por estudios en vigor en España, en cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o en el principado de Andorra, o tarjeta de acreditación diplomática, o, en los casos previstos reglamentariamente, tarjeta de trabajador transfronterizo.
  2. Que se presenten en el puesto fronterizo provistos de pasaporte en vigor y visado en vigor por el que se les autoriza a residir, a residir y trabajar, ya sea por cuenta propia o ajena, o para realizar estudios en España.
  3. Que se presenten en el puesto fronterizo provistos de pasaporte en vigor y autorización de regreso expedida según lo previsto.

Dicha regulación tendrá en consideración, en cuanto a las cuantías exigibles, las circunstancias de que de la documentación del establecimiento de hospedaje o la carta de invitación de un particular aportada por el extranjero, pueda derivarse que el alojamiento comprende toda o parte de su manutención.

La reciente actualización denota lo siguiente: Durante el año 2017, la cantidad mínima a acreditar es de 70,77 euros por persona y día, con un mínimo de 636,93 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.

Durante el año 2018, la cantidad mínima a acreditar es de 73,59 euros por persona y día, con un mínimo de 662,31 euros o su equivalente legal en moneda extranjeraFUENTE OFICIAL

Así que, es mejor tomar en cuenta todos estos Requisitos.

Y a modo de información y recomendación se indica lo siguiente:

Sabemos que en los actuales momentos venir de Turista a España, se dificulta en la entrada.

En este caso le recomendamos que cuando vaya a pasar por Inmigración y cumplan con los requisitos estipulados por la Ley, confíen en sí mismos y en el caso de que un funcionario de Inmigración les haga algunas preguntas, POR FAVOR decir la VERDAD siempre. Colaborando con el interrogatorio para evitar complicaciones con su entrada.

Porque a un cliente le ha pasado lo siguiente:
Su padre lo han retenido y le han hecho muchas preguntas: Una de ellas: ¿Usted tiene familiares aquí en España? y resulta que su respuesta fue un NO rotundo, cosa que no es verdad, porque SI tiene a varios familiares residiendo de forma legal en España.

Con esto les quiero alertar que si van con MENTIRAS a las autoridades, tendrán como consecuencia el RETORNO a su país de origen, como fue este caso que ya tiene fecha para la salida, es de notar que el Señor tenía todo lo requerido para entrar a España.

Este breve relato es a modo de orientar a las personas que vengan a España de turismo.

Y recordar lo siguiente: *Cumplir con los REQUISITOS DE ENTRADA Con la actualización de este año:

Durante el año 2017, la cantidad mínima a acreditar es de 70,77 euros por persona y día, con un mínimo de 636,93 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.

Durante el año 2018, la cantidad mínima a acreditar es de 73,59 euros por persona y día, con un mínimo de 662,31 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.

Actualizado –> Para la acreditación de los medios económicos, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/1282/2007, de 10 de mayo, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España. La cantidad mínima a acreditar es de 90 euros por persona y día, con un mínimo de 810 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.

Actualizado 2021 

Entrada a España. Requisitos

Y *Carta de Invitación

Y decir siempre la VERDAD.

Difundan el presente mensaje para orientar al que quiere venir de vacaciones y no necesita Visado a la entrada de España.

FUENTE OFICIAL

Gracias por leeme.

Rub Díaz M.

Rubmary Díaz
tramites@extranjeriadospuntocero.com
103 Comentarios
  • Celedonio Martín
    Posted at 22:18h, 27 febrero Responder

    Hola mi sobrino va a España de turista por 10 dias pero no tiene carta de invitación, solo amigos que en su infancia vivieron aca en Venezuela y se marcharon a España hace ya unos años. Ahora queremos darle ese viaje a mi sobrino por 10 días pero no tiene carta de invitación, solo llevaría 800 dólares. Que otra cosa le haría falta para no tener problemas al llegar a inmigración ? Gracias y disculpen

  • Pablo
    Posted at 20:51h, 28 marzo Responder

    Muy interesante lo expuesto.
    Mi madre esta por venir 40 dias y ya le he tramitado la carta de invitacion. Yo soy nacionalizado español y ella es argentina.
    Es necesario que tambien demuestre medios economicos? Se quedara en mi casa y no necesitara gastar nada.
    Gracias!!!

    • Rubmary Díaz
      Posted at 10:39h, 03 abril Responder

      Buenas.
      Si tiene carta de invitación y se quedará con usted ya que lo ha manifestado previamente, no tendría que demostrarlo.
      Saludos

  • Maria Antonieta
    Posted at 16:23h, 13 abril Responder

    Buenas yo poseo una tarjeta de debito en euros del BBVA de españa sera valida para que cuente como acreditacion de medio economico o solo cuentan las tarjetas de credito?

    • Rubmary Díaz
      Posted at 05:52h, 28 abril Responder

      Buenas.
      La acreditación es todo medio de prueba existente en Derecho.
      Ya dependerá del funcionario de Inmigración, el requerimiento de otros medios económicos.
      Saludos

  • Karla
    Posted at 19:06h, 12 mayo Responder

    ¡Buenas tardes!
    Mi prima quiere venir a estudiar. Y mi pregunta es, si de algún modo puedo hacerme responsable por su manutención. Si es posible, que requisitos hay que cumplir. Somos de Kazajistan.
    ¡Gracias anticipados!

  • Karla
    Posted at 23:30h, 16 mayo Responder

    Muchas gracias por su respuesta. Pero quisiera saber, si yo siendo residente de España, pudiera hacerse responsable por su manutención. Tengo un trabajo fijo.
    Gracias de antemano.

    • Rubmary Díaz
      Posted at 10:15h, 23 mayo Responder

      Buenas.
      En el visado cuando le requieran los documentos de manutención, si usted quiere hacerse responsable, puede hacerlo.
      Saludos

  • Alex
    Posted at 21:15h, 20 mayo Responder

    Entonces, la carta de invitacion sustituye a la prueba de medios economios, es decir, puede una 3 persona ablar por mi los medios economicos, y si esa persona no vive en Espana?

  • Diego Gonzaléz
    Posted at 02:35h, 29 mayo Responder

    Rubmary Díaz primero agradecer por esta pagina informativa que ayuda mucho a personas que necesitamos estos datos.
    Próximamente mi hermana y sus hijos viajaran a Barcelona, quedándose 9 días, pero tienen una reservación de hotel pagada por 3 dias. ya que la idea es viajar el cuarto día coger un tren para viajar a Paris, francia, 3 dias allá y viajar a otras partes, pero regresando a Barcelona para volverse a aqui. Entonces crees que el ingresar por 9 dias y tener reserva de 3 dias solo en barcelona afecte en el ingreso? Todos cuentan con seguro, y esta llevando dinero en efectivo.
    Espero me pueda ayudar con la informacion, estaré agradecido.

    • Rubmary Díaz
      Posted at 18:52h, 21 junio Responder

      Buenas.
      Podrían mostrar los boletos de tren al funcionario.
      Saludos

  • Diego Gonzaléz
    Posted at 02:39h, 29 mayo Responder

    Rubmary Díaz en el caso de llevar efectivo y también tarjeta de crédito, en el post se menciona que :
    deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día (no se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet)
    El punto de no se admitirán extractos por Internet? a que se refiere, ya que pensaba imprimiendo un estado de cuenta solucionaría el tema.
    Espero me puedas ayudar que es lo que se debe hacer. muchas gracias y éxitos en tu pagina

    • Rubmary Díaz
      Posted at 18:50h, 21 junio Responder

      Buenas.
      Tal como lo indica el post: La disponibilidad por los extranjeros de los medios económicos señalados se acreditará mediante exhibición de los mismos, en el caso de que los posean en efectivo, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día (no se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet) o cualquier otro medio con el que se acredite fehacientemente la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o cuenta bancaria.
      Esto se refiere a que es preferible enseñar la disponibilidad con lo que señalan en el mismo.
      Saludos

  • maria diaz
    Posted at 14:20h, 04 julio Responder

    BUEN DIA , sra. Yo voy de visita a España con carta de invitación, voy con mi hijo necesito demostrar los medios economicos del niño tambien o solo los mios? gracias y disculpe igual voy con carta pero llevare mi dinero

    • Rubmary Díaz
      Posted at 13:09h, 15 julio Responder

      Buenas.
      Respuesta:
      “Durante el año 2017, la cantidad mínima a acreditar es de 70,77 euros por persona y día, con un mínimo de 636,93 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.”
      Saludos cordiales.

  • Luigi
    Posted at 00:53h, 05 julio Responder

    Hola, mira tengo una duda, yo tengo pensado irme a españa por 3 meses, soy menor de edad y tengo una tia viviendo en Malaga, la cual me hará la carta de invitación y ella estará a cargo del 100% de mis gastos, que debo hacer para no tener que acreditar esos 70€ por dia?, ya que no poseo dicha cantidad. Otra duda que tengo es que si igualmente obligatorio tener un seguro de viajes?

    • Rubmary Díaz
      Posted at 13:06h, 15 julio Responder

      Buenas.
      La carta de invitación no sustituye ninguno de los otros requisitos.
      Saludos

  • Genesis
    Posted at 02:11h, 05 julio Responder

    Si no tengo el dinero para entrar a españa ya que me invitaron y ellos se haran cargo de mis gastos tendre problema al entrar pues tengo la carta de invitacion

    • Rubmary Díaz
      Posted at 13:05h, 15 julio Responder

      Buenas.
      La carta de invitación no sustituye ninguno de los otros requisitos.
      Saludos

  • MARIA T DIAZ
    Posted at 13:00h, 05 julio Responder

    BUEN DIA SRTA RUBI, EN MI CASO VOY CON CARTA DE INVITACION Y CON MI HIJO, PERO MI DUDA ES LA SIGUIENTE: DEBO DE LLEVAR LOS MEDIOS ECONOMICOS PARA LOS DOS O YO CON MIS 70.71 POR DIA CUBRIRIA LOS DE MI HIJO? POR EL SER MENOR TENGO ESA DUDA Y GRACIAS

    • Rubmary Díaz
      Posted at 13:02h, 15 julio Responder

      Buenas.
      Respuesta:
      «Durante el año 2017, la cantidad mínima a acreditar es de 70,77 euros por persona y día, con un mínimo de 636,93 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.»
      Saludos cordiales.

  • Magaly acosta diaz
    Posted at 05:03h, 01 septiembre Responder

    Hola muy buenas quiero informarme, es q le vamos a ser una carta de invitación a mi mamá , mi pareja q es español y yo soy cubana , pero tengo doble nacionalidad, española y cubana desde ase años llevó acá desde 1998. Y nosotros nos vamos a ser cargo de su manutención, me podrían decir por favor q documentos tendría q presentar mi mamá allí en cuba en el consulado español sobre todo lo de los medios económicos, por ejemplo mi pareja dispone de dinero , si puede ser la cartilla suya a su nombre y el extracto bancario , o está tendría q ser a nombre de mi mamá. Tiene trabajo fijo mi pareja de ase más de 30 años y una nómina de casi 1500 euros. ; además le comento por si puede ser de información ya mi mamá a visitado España ase años , entonces eso , q requisitos necesita… Gracias un Saludo.

  • Entrada a España. Requisitos - Extranjería e Inmigración:
    Posted at 11:29h, 14 septiembre Responder

    […] euros o su equivalente legal en moneda extranjera. Sin embargo esta cifra ha cambiado, leer este post sobre la acreditación de los medios […]

  • Angélica castro
    Posted at 17:27h, 18 septiembre Responder

    Soy de Colombia y he pedido la visa de estudiante para España, me han dicho q todo está en orden, excepto mi cuenta bancaria; tengo 10 días para JUSTIFICAR el dinero que tengo allí, el cual no es tanto (5.000 € aprox) y no sé cómo hacerlo, pues no trabajo y ese dinero viene de ahorros y regalos de mi familia. Ayuda urgente porfavor!!!!

  • Alejandra
    Posted at 13:37h, 03 octubre Responder

    Buenas tardes quería saber si cuenta como acreditación de medios económicos una tarjeta de regalo visa o si ven raro que le de a alguien un cheque certificado , mi madre viene por 15 días yo estoy arreglando mi situación y mi esposo puede emitir el che e o la tarjeta monedero con extracto pero eso constaría ?

    • RUB DIAZ
      Posted at 07:06h, 07 octubre Responder

      Buenas.
      Fuente oficial:
      «Se acreditará mediante exhibición de los mismos, en el caso de que los posean en efectivo, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día (no se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet) o cualquier otro medio con el que se acredite fehacientemente la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o cuenta bancaria.»
      Saludos

  • Mariana
    Posted at 03:32h, 09 noviembre Responder

    Hola, yo voy a viajar de Buenos Aires destino final París, pero el plan de viaje es hacer BUE-Madrid en avión y de ahí tomar un tren de Madrid a París, donde voy a residir 3 meses. Es necesario prensentar documentación? tengo que justificar medios económicos o el boleto de tren a París al ingresar?

    • RUB DIAZ
      Posted at 14:36h, 09 noviembre Responder

      Buenas le recomendamos ingresar en el organismo oficial de París.
      Para la entrada a España los requisitos los encuentra en nuestro blog.
      Saludos

  • Estefania Castro
    Posted at 12:13h, 09 noviembre Responder

    Hola Rub.
    Mi papa y mi hermano (ya es mayor de edad) vendrán a visitarme a España, mi papa pagara todos los gastos de mi hermano. Mi padre tiene el dinero en efectivo y en tarjeta de crédito (el monto necesario para los dos). ¿Es necesario que mi papa le haga un documento diciendo que se hará responsable de los gastos de mi hermano?. ¿ que se debe presentar en inmigración?

    • RUB DIAZ
      Posted at 14:36h, 09 noviembre Responder

      Buenas.
      La acreditación es como lo indica el artículo: Durante el año 2017, la cantidad mínima a acreditar es de 70,77 euros por persona y día, con un mínimo de 636,93 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.
      Saludos cordiales

  • cata
    Posted at 20:37h, 24 noviembre Responder

    hola, puede un hermano acreditar financiamiento económico para visado? soy de chile y me voy de intercambio valencia

  • Eukary Moya
    Posted at 01:37h, 07 enero Responder

    Hola, después de que entras a España con tu equivalencia en moneda extranjera en un cheque o libre de banco, ¿cómo le hago para cambiar eso a euros o para comprar con eso?

    • RUB DIAZ
      Posted at 14:48h, 12 enero Responder

      Buenas.
      En las casas de cambio puede cambiar su moneda a Euros.
      Saludos

  • angelo
    Posted at 01:05h, 08 enero Responder

    buenas tardes tengo una pregunta tengo pensado viajar a España y mis familiares cubrirán mis gasto en total mientras yo este en el país, en ese caso como haría? muchas gracias.

    • RUB DIAZ
      Posted at 14:48h, 12 enero Responder

      Buenas.
      Podrían realizar una carta de invitación.
      Saludos

  • Michelle Mendoza
    Posted at 13:00h, 24 enero Responder

    Hola mi esposo tiene la ciudadania italiana y nos vamos a barcelona a el le pediran algun tipo de acreditacion de medios? y a mi por ser su esposa tambien me pediran la acreditacion ? el cuenta con tarjeta en moneda extranjera

    • RUB DIAZ
      Posted at 10:58h, 25 enero Responder

      Buenas.
      Su esposo forma parte de la comunidad Europea, no deberían de solicitarle acreditación alguna.
      Saludos

  • Ana
    Posted at 11:33h, 29 enero Responder

    Hola buenos dias. Mi pregunta es la siguiente mi cuñada vive en Venezuela y quieres venír a vicitarnos un mes pero Sólo harás entrada en España concretamente a Barcelona pero no se quedarás ahí porque vienes andorra que es donde vivimos necesitaría carta de invitación o dinero que acrediten su estancia .muchas gracias espero su repuesta.

    • RUB DIAZ
      Posted at 09:28h, 18 febrero Responder

      Buenas.
      Si entra a España debe cumplir con todos los requisitos de entrada al país (leer el post sobre requisitos de entrada)
      Saludos.

  • vero
    Posted at 12:30h, 18 abril Responder

    Los medios económicos que debe de acreditar un menor tutelado al llegar a la mayoría de edad para renovar su autorización de residencia se corresponden con la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional.
    verdadero o falso

  • vero
    Posted at 12:31h, 18 abril Responder

    La duración del contrato de trabajo o oferta de empleo que un menor no acompañado debe de presentar para renovar su autorización de residencia es de 1 año.
    verdadero o falso

  • vero
    Posted at 12:33h, 18 abril Responder

    La permanencia continuada en territorio español, de un menor de edad no nacido en España, para obtener una autorización de residencia es de 2 años.

    . Verdadero o . Falso

  • vero
    Posted at 12:34h, 18 abril Responder

    Para modificar una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena a una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, es necesario haber residido legalmente en España un período de 6 meses.

    . Verdadero o . Falso

  • Maribel
    Posted at 20:01h, 20 junio Responder

    Hola, tengo una sobrina que vendrá de vacaciones el 20 de Julio a nuestra casa a conocer España, ya le hicimos la carta de invitación, mi pareja y yo vamos hacernos cargo de todos los gastos (billetes de avión, manutención, estadía etc). Ella tiene 19 años, mi pregunta es…..Tiene ella que demostrar medios económicos, aunque nosotros sus tíos vamos a sufragar todos los gastos de ella durante su estancia aquí?. Me urge saber. Un saludo

    • RUB DIAZ
      Posted at 21:31h, 27 junio Responder

      Buenas
      Dependerá lo que le indiquen en Inmigración al entrar a España.
      Ellos requerirán lo que consideren pertinente.
      En principio no debería tener ningún problema.
      Lea el post sobre los requisitos para ampliar información.
      Saludos

  • Robinson Soto Garcia
    Posted at 04:53h, 12 julio Responder

    Hola!

    Viajo desde Chile a Alemania a fines de Julio y tengo escala en Madrid… Mi banco no ha logrado emitir un papel decente de mis medios económicos, que otra opción tengo para demostrarlos??, según dice el articulo «A los nacionales de México y Chile no se les exigirá, sistemáticamente, la acreditación de medios económicos para efectuar su entrada en España» tendré algún tipo de problema si no llevo el bendito papel??, esto basándome en la frase que acabo de citar… Muchas gracias!!

    • RUB DIAZ
      Posted at 17:51h, 10 agosto Responder

      Buenas.
      Esperemos no haya tenido ningún problema.
      Disculpe la tardanza en responder.
      Saludos

  • Vanessa
    Posted at 10:25h, 31 julio Responder

    Que manera hay demostrar en inmigración que me haré cargo de todos los gastos de la persona que viene a visitarme, en modo tal que no le exijan a ella nada. En mi caso mi madre vendrá a España pero no tiene los medios económicos equivalentes a su estancia en España.

    • RUB DIAZ
      Posted at 17:36h, 10 agosto Responder

      Buenas.
      Le recomendamos la carta de invitación.
      Saludos cordiales.

  • Jose Gabriel Castro
    Posted at 22:44h, 05 agosto Responder

    Buenas tardes, tengo una consulta. En el caso de los venezolanos, podemos demostrar los medios economicos suficientes en Bolivares a tasa oficional? Saludos

    • RUB DIAZ
      Posted at 17:31h, 10 agosto Responder

      Estimado.

      Aquí le indicamos el monto «Durante el año 2018, la cantidad mínima a acreditar es de 73,59 euros por persona y día, con un mínimo de 662,31 euros o su equivalente legal en moneda extranjera».
      Saludos

  • Laura
    Posted at 09:53h, 14 agosto Responder

    Hola,

    Tengo la cantidad de recursos y los documentos que lo acreditan. Sin embargo, todo está en pesos Colombianos, puedo presentar esta información así y ellos se encargan de sacar el equivalente en euros o tengo que presentar los papeles junto con un cuadro de conversión o algo que explique la cantidad de dinero a la que equivale? De ser así, puede ser algo hecho por mi con la tasa oficial al cambio del día o debe ser un documento oficial omitido por un banc

    Gracias

    • RUB DIAZ
      Posted at 10:04h, 29 octubre Responder

      Buenas
      Reza el artículo «La disponibilidad por los extranjeros de los medios económicos señalados se acreditará mediante exhibición de los mismos, en el caso de que los posean en efectivo, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día (no se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet) o cualquier otro medio con el que se acredite fehacientemente la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o cuenta bancaria».
      Saludos cordiales

  • thair marchan
    Posted at 13:58h, 29 agosto Responder

    BUEN DIA. TENGO 2 TARJETAS DE DÉBITO INTERNACIONALES QUE ME ENVIÓ MI HIJA Y ESTÁN A NOMBRE DE ELLA, ESTA EN ECUADOR Y NOS VAMOS A ENCONTRAR EN MADRID PARA VACACIONAL, PUEDO PRESENTAR ESAS 2 TARJETAS COMO MEDIOS ECONÓMICOS AUN NO ESTANDO A MI NOMBRE,

    • RUB DIAZ
      Posted at 10:43h, 29 octubre Responder

      Esperemos no haya tenido inconvenientes.
      Saludos

  • René
    Posted at 00:53h, 14 septiembre Responder

    Hola, mi Tío es de nacionalidad española y me esta invitando a pasar 3 meses allá. Me quedaré en su casa y él se encargara de mantenerme económicamente en su totalidad, tiene un trabajo fijo. Si me hace una carta de invitación y demostrando que dispone para poder mantenerme sin problemas ¿Puedo ir sin acreditar medios económicos de mi parte? Te pregunto esto porque vi que arriba en el segundo comentario respondes que sí pero luego más abajo dices que la carta de invitación no sustituye la acreditación ¿Podrías aclararnos esto? Creo que más de uno que llegue a leer los comentarios tendrá confusión.

    • RUB DIAZ
      Posted at 11:08h, 29 octubre Responder

      Buenas.
      Reza el artículo de requisitos para entrar a España

      » Debes de estar en posesión de documentos que justifiquen el objeto y condiciones de la estancia:

      1. Documento justificativo del establecimiento de hospedaje o carta de invitación de un particular, si se hospeda en su domicilio, expedida por la Comisaría de Policía correspondiente a su lugar de residencia.

      IMPORTANTE: En ningún caso, la carta de invitación suplirá la acreditación por el extranjero de los demás requisitos exigidos para la entrada.

      2. Confirmación de la reserva de un viaje organizado, con el itinerario.

      3. Billete de vuelta o circuito turístico»

      Saludos cordiales.

  • Lucy
    Posted at 19:22h, 21 octubre Responder

    Buenas tardes, viajo por 10 días con mi hija de 7 años, tengo entendido que ella por ser dependiente mia no debe acreditar medios economicos, solo yo debo hacerlo, eso es verdad o no? gracias por la información brindada

  • Wendy
    Posted at 01:25h, 14 noviembre Responder

    Hola, el seguro de viaje es obligatorio? En algunas páginas no sale esa información y solo una me ha dicho que si que a veces lo piden.

    • RUB DIAZ
      Posted at 16:31h, 30 noviembre Responder

      Buenas.
      Siempre es recomendable llevarlo.
      Se lo puede pedir.
      Saludos

  • Sophie
    Posted at 00:37h, 05 enero Responder

    Hola, buenas tardes, tengo una duda acerca de la comprobación de medios económicos, cuento con una tarjeta de débito, la manera de mostrar que cumplo con la cantidad actual requerida puede hacerse imprimiendo un estado de cuenta? ya que no encuentro la manera especifica para la comprobación y estoy teniendo dificultad con resolver mi duda,
    Gracias y saludos cordiales!

    • RUB DIAZ
      Posted at 07:46h, 24 junio Responder

      Buenas.
      Disculpa la tardanza en la respuesta.
      Espero que haya tenido un viaje satisfactorio.
      Saludos cordiales

  • ALIDA DIAZ
    Posted at 02:40h, 07 enero Responder

    NECESITO SABER LOS REQUISITOS PARA VIAJAR DE VENEZUELA A ESPAÑA?? ME ESTA INVITANDO UN AMIGO ESPAÑOL..!!

  • Marcelo Enrique Fernandez
    Posted at 01:33h, 10 enero Responder

    Buenas noches, viajo en junio por 28 días a sevilla a visitar unos familiares, lo hago junto a mi hijo entre las dos tarjetas reuno la suma, de 7000 euros, mas unos 1000 mas en efectivo, eso esta bien, que mas debo llevar, gracias

    • RUB DIAZ
      Posted at 09:15h, 25 enero Responder

      Buenas.

      Puede calcular el tiempo de visita y lo que le indica el artículo (monto por día).

      Saludos

  • Hernan Ruiz
    Posted at 00:49h, 03 febrero Responder

    Hola, viajo a españa durante 3 meses , llevo en efectivo la mitad de lo necesario para acreditar mis recursos económicos, trabajo de forma freelance y uso una plataforma para mis cobros llamada upwork, ¿Puedo demostrar de alguna forma que durante mi estancia en españa recibiré esos recursos mediente dicha plataforma?

    • RUB DIAZ
      Posted at 15:25h, 24 febrero Responder

      Buenas.

      En el artículo le indican cuanto dinero debe demostrar por día, dependiendo de su estancia.

      Saludos cordiales.

  • Diego
    Posted at 18:35h, 11 febrero Responder

    Hola,

    Querria invitar a España a una amiga CUBANA ella no dispone de medios economicos para la entrevista de Visado Schengen puede presentar ademas de la Carta de Invitacion, Un extracto de mi cuenta con el correspondiente Certificado de Titularidad todo con el hecho con el cuño del banco oficial.

    Espero su respuesta muchisimas gracias

    • RUB DIAZ
      Posted at 15:19h, 24 febrero Responder

      Buenas.

      Puede apoyarse en el contenido del BLOG, donde se indica todos los requisitos.

      Saludos cordiales.

  • Diana
    Posted at 12:34h, 03 abril Responder

    Buenos días, y bendecidos, yo necesito saber si tengo que solicitar visa para viajar de turista a España siendo Cubana con Residencia en Venezuela,

  • singh singh
    Posted at 20:27h, 24 abril Responder

    hola
    un saludo
    yo tengo nacinalidad españla quero traer mi padre i madre torista en españa a celebrar con nosotros cumpleaño de mi hijo viene de la india esque no trabajo soy un pencionista
    cobro pencion pues la pergunta es ecnomica mente si tengo dinero en mi cuenta a que manera demostrar lo embajada de españa para que puede tener
    visado mis padres
    gracias saludo

  • Diego Díaz Jimenez
    Posted at 20:14h, 20 mayo Responder

    Vijaré a españa en julio del 2019 y tengo pasaporte al día, tambien tendré la carta de invitacion, ¿Es necesario la acreditacion economica?
    Si es necesaria ¿Cómo puedo justificarla? tengo una tarjeta de credito y llevaré unos euros en efectivo, pero no tantos como para 800 euros, como puedo justificar con la tarjeta de credito

    Soy Chileno, necesito algo más aparte de
    * Carta de Invitacion
    * Pasaporte
    * Pasajes ida y vuelta

    Muchas Gracias!

    • RUB DIAZ
      Posted at 07:36h, 24 junio Responder

      Buenas.
      Disculpe la tardanza en la respuesta.
      Espero que haya tenido un viaje satisfactorio.
      Saludos cordiales

  • Nahuel Nuñez
    Posted at 06:13h, 30 junio Responder

    Buenas, muy buena la página. Quisiera consultar respecto a un viaje que realizara mi hermano, el cual es un regalo de mis padres. Por motivos de seguridad no quieren que lleve La Plata en efectivo pero no dispone de tarjetas ni de crédito ni débito, pero mi madre le enviaría la plata. Es posible demostrar los medios con su cuenta? O necesariamente debería llevarlo en efectivo? Muchas gracias

    • RUB DIAZ
      Posted at 07:41h, 24 junio Responder

      Buenas.
      Disculpa la tardanza en la respuesta.
      Espero que haya tenido un viaje satisfactorio.
      Saludos cordiales

  • Maira gomez
    Posted at 19:18h, 16 octubre Responder

    Se puede justificar la solvencia economica si poseeo un deposito en una casa de cambio en madrid x la cantidad de los dias de estadia q luego retiraria al llegar alli ademas de llevar dinero en efectivo conmigo ?

    • RUB DIAZ
      Posted at 07:44h, 24 junio Responder

      Buenas.
      Disculpa la tardanza en la respuesta.
      Espero que haya tenido un viaje satisfactorio.
      Saludos cordiales

  • Gaston Cantilo
    Posted at 23:01h, 07 junio Responder

    Buen día, quería saber cual es el requisito para demostrar solvencia económica en España, ya que mi esposa y yo viajaremos a Italia a hacer la ciudadanía Italiana y nos comentaron que si podemos demostrar solvencia económica el NIE mío saldría mas rápido, ya que yo iría como marido de comunitaria.

    • RUB DIAZ
      Posted at 09:54h, 05 julio Responder

      Buenas.

      Le invitamos a leer el artículo donde se habla de los requisitos para familiar de un ciudadano comunitario.

      Saludos cordiales

  • Luis Marin
    Posted at 17:47h, 14 julio Responder

    Hola! Una pregunta, siento si la respuesta es parecida a las anteriores.

    Mi futura suegra (70 años) viene a nuestra boda el próximo domingo 14-07-2021, desde Paraguay (nacionalidad paraguaya). Ya tiene su vacunación completa (con marca reconocida por la OMS), le hemos hecho carta de invitación que tiene en su poder, figurando con exactitud fecha de entrada y fecha de salida, que coincide con el billete. Además la hemos contratado un seguro de salud privado.

    Con respecto al mantenimiento económico, vendrá con algo de dinero para el viaje, pero hablamos de que se quedará 2 meses en nuestra casa, y nosotros costearemos su estancia aquí. Aunque la carta de invitación no sustituye al requisito de demostrar medios económicos para su sustento, ¿da a entender que su coste mayoritario está cubierto al quedarse en nuestra casa?

    Por otro lado esta será la tercera vez que entre y salga del país, en los últimos años, con carta de invitación y nunca le han pedido demostrar mantenimiento.

    Gracias!
    Luis

    • RUB DIAZ
      Posted at 14:14h, 01 agosto Responder

      Buenas.

      Esperando que haya pasado un buen tiempo con sus seres queridos.

      Saludos

  • Celeste Medina
    Posted at 16:28h, 30 septiembre Responder

    Buenos días! Tengo pensado viajar a España en Marzo del 2022, voy a ir con carta de invitación de parte de mi novio que es ciudadano español y vive allí, por lo que no voy a tener grandes gastos. Quería saber si de igual manera debo justificar los 95 euros diarios? Espero su respuesta. Gracias.

  • Gabriela
    Posted at 19:53h, 24 julio Responder

    Hola buenas y en caso de los menores de edad que viajan solos por vacaciones a España como acreditan los medios, ya que enviarlos solos con mucho dinero en efectivo no me parece viable y ejemplo en VeneZuela no se le puede sacar una tarjeta siendo menor de edad gracias por su respuesta de antemano.

    • RUB DIAZ
      Posted at 07:03h, 08 septiembre Responder

      Buenos días
      Generalmente no discriminan por edad, el tema del dinero, hay tarjetas para menores supervisados por sus representantes.
      Saludos

  • David seron
    Posted at 11:07h, 07 agosto Responder

    Buena, mi novia Argentina va ha venir a España por 30 días, estoy tramitanto la carta de invitación y yo me haría cargo de todos sus gastos, es necesario que ella acredite la solvencia económica?? No podría hacerlo yo en su lugar?

    Un saludo

    • RUB DIAZ
      Posted at 17:18h, 17 junio Responder

      Buenas tardes.
      Disculpe la tardanza en la respuesta.
      Esperando que haya resuelto dicho caso.
      Saludos cordiales.

  • Bet Marín
    Posted at 22:27h, 26 octubre Responder

    Hola. Tengo una duda, viajo a lituania en poco tiempo, el viaje es financiado por mi prometido. Como puedo acreditar medios económicos?. Teniendo en cuenta que no tengo cuenta bancaria en mi país Venezuela?

    • RUB DIAZ
      Posted at 17:17h, 17 junio Responder

      Buenas tardes.
      Disculpe la tardanza en la respuesta.
      Esperando que haya resuelto dicho caso.
      Saludos cordiales.

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